Fotos, proveedores y compras a dedo: el Tribunal de Cuentas y su control cada vez menos preventivo
El organismo de control convalida compras millonarias de Desarrollo Social bajo hechos consumados, limitándose a corregir errores contables mientras renuncia a su función preventiva constitucional.
El 16 de abril de 2026, el ministro de Desarrollo Social, Federico Masso, encabezó una promocionada jornada de trabajo con proveedores del Estado, pidiendo "ser más eficientes" frente a los "tiempos difíciles que vivimos". Sin embargo, ese mismo día, las oficinas de su ministerio redactaron la Resolución Nº 1091/4, una muestra cabal de cómo esa supuesta eficiencia convive con un sistema que por momentos pareciera estar diseñado específicamente para eludir auditorías.
A través de dicha resolución, el Gobierno provincial aprobó pagarle $19.990.000 al proveedor Guillermo Rodolfo Saccomani por 10.000 unidades de agua mineral Torasso de seis litros, escudándose en la "situación climática extrema" ocurrida en Tucumán. La gravedad no radica en la emergencia climática, sino en el modus operandi: la compra se ejecutó a espaldas de la ley, entregando los bienes y comprometiendo los fondos antes de que existiera cualquier tipo de autorización o control previo.
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Es aquí donde entra en escena el Tribunal de Cuentas (TC), conducido por Miguel Chaiben Terraf. Mediante el Acuerdo N° 1262 del 23 de abril, el organismo volvió a dejar en evidencia que su función preventiva es, en el mejor de los casos, un formalismo burocrático, y en el peor, una ceguera selectiva. Al analizar el expediente, los propios fiscalizadores admitieron que se encontraban ante "prestaciones ya cumplidas". Ante este escenario de hechos consumados, el TC agachó la cabeza y se expidió bajo la figura del "control posterior de legalidad". Es decir: llegaron cuando la plata ya estaba gastada y la operación cerrada. Similar a como pasó con la construcción del Pabellón N°8 del Complejo Penitenciario Benjamín Paz y tal como fue en el caso de los colchones ignífugos comprados también sin control preventivo.
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Lejos de rechazar la maniobra por eludir los controles que manda la ley de Administración Financiera, el Tribunal se limitó a actuar como una gestoría que le emprolija los papeles al oficialismo. Su única intervención "crítica" fue advertirle a Desarrollo Social que había anotado mal el gasto en la contabilidad -usaron la partida subparcial N° 211 en lugar de la N° 514- y pedirles que rectifiquen el error administrativo mediante un acto complementario.
Este episodio reafirma un patrón alarmante. Las dependencias del Estado compran por vías de excepción y el Tribunal de Cuentas renuncia sistemáticamente a su deber constitucional de prevenir, limitándose a sellar y convalidar expedientes a posteriori. Ante esta reiteración de "llegadas tarde", queda flotando una pregunta ineludible: ¿estamos ante un problema de inoperancia administrativa o ante una ceguera selectiva diseñada a medida para no hacer preguntas incómodas sobre contrataciones millonarias en una repartición específica?