Reforma laboral del Gobierno: qué cambia en vacaciones, indemnizaciones, despidos y bancos de horas
El Ejecutivo envió al Congreso el texto definitivo con modificaciones profundas en la organización del trabajo, las licencias, los pagos por despido y la regulación de las jornadas.
Luego de semanas de negociaciones en el Consejo de Mayo, el Gobierno de Javier Milei concluyó el proyecto de reforma laboral que será debatido en el Congreso. El documento reúne aportes de funcionarios nacionales, gobernadores, empresarios y sindicatos, aunque estos últimos manifestaron amplias objeciones.
El Presidente de la Nación firmó hace unos instantes el proyecto de modernización laboral que se enviará inmediatamente al Congreso de la Nación. El mismo representa la transformación más grande de la historia argentina en materia laboral.
— Manuel Adorni (@madorni) December 11, 2025
Dios bendiga a la República Argentina.... pic.twitter.com/rJCrDJ3VY6
Pago en dólares, billeteras virtuales y cambios salariales
Uno de los puntos centrales del proyecto es la posibilidad de pagar salarios en dólares, si hay acuerdo entre empleador y trabajador. También se habilita el depósito de sueldos en billeteras virtuales, algo no permitido actualmente.
La iniciativa incorpora el concepto de "negociación dinámica", que permitirá sumar al salario de convenio ingresos variables como bonos, premios o compensaciones ligadas a productividad u objetivos.
El proyecto establece que los recibos de sueldo, certificados médicos y documentación laboral pasarán obligatoriamente a formato digital, con validez equivalente al papel. También se formaliza que la remuneración pueda incluir montos fijos, variables y beneficios sociales, con obligación de detallarlos de manera clara.
Indemnizaciones, FAL y despidos
El cálculo de las indemnizaciones se reducirá, ya que dejarán de incluir aguinaldo, vacaciones, premios y conceptos no mensuales. En juicios laborales, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un 3% anual, y podrán pagarse en hasta 12 cuotas.
El proyecto habilita la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un mecanismo alternativo mediante el cual el empleador aportará el 3% del salario del trabajador a una cuenta que servirá para cubrir futuras indemnizaciones. Si el fondo no alcanza, la empresa deberá cubrir la diferencia. A cambio, recibirá descuentos en cargas sociales, con impacto en el sistema previsional.
En paralelo, se incorpora la posibilidad de utilizar fondos o seguros de cese sectoriales para reemplazar el sistema tradicional. El cálculo tomará salario básico, sumas habituales y antigüedad, excluyendo pagos extraordinarios. El monto no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio y tendrá un piso del 67%.
Para los despidos sin causa, se mantiene la fórmula de un mes de sueldo por año trabajado (o fracción mayor a tres meses), tomando la mejor remuneración habitual del último año. Si la Justicia declara inválido un despido, el trabajador podrá optar por la reinstalación o el cobro de indemnización.
Vacaciones
El proyecto mantiene los mínimos de la Ley de Contrato de Trabajo, pero habilita acuerdos individuales o colectivos para ampliarlas. Las vacaciones deberán:
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otorgarse entre octubre y abril;
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notificarse con 30 días de anticipación;
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fraccionarse en tramos no menores a siete días;
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garantizar al menos un período de verano cada tres años.
Banco de horas y jornada laboral
El banco de horas podrá implementarse mediante acuerdos voluntarios entre empleador y trabajador. Permitirá compensar jornadas largas con otras más cortas, respetando:
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12 horas mínimas entre jornadas,
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35 horas de descanso semanal,
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sistemas de registro y control acordados por convenio.
La ley actual obliga a pagar horas extra con recargo del 50% o 100%, algo que seguirá vigente, pero sumando esta nueva alternativa. También se habilita que empresas y sindicatos acuerden jornadas de hasta 12 horas, ampliando el tope legal de 8.
Huelgas, servicios esenciales y sindicatos
El proyecto amplía la definición de servicios esenciales, que deberán funcionar al 75% durante una medida de fuerza. A los ya vigentes se suman:
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telecomunicaciones,
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aeronáutica comercial,
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control portuario,
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servicios aduaneros y migratorios,
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educación en todos los niveles (excepto universitario).
Además, crea los servicios de importancia trascendental, que deberán garantizar al menos 50% del servicio. Entre ellos:
transporte, industria alimentaria, siderurgia, aluminio, bancos, TV y radio, construcción, minería, comercio electrónico, hotelería, frigoríficos, correos, entre otros.
La reforma modifica la Ley de Asociaciones Sindicales:
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Las asambleas y congresos deberán tener autorización del empleador.
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No podrán afectar la actividad normal de la empresa.
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El tiempo no será pago.
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Se incorporan nuevas infracciones muy graves como bloqueos y tomas.
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Se reduce a 10 horas mensuales el crédito horario de delegados.
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Podrán obtener personería gremial los sindicatos por empresa si superan en afiliados al gremio preexistente durante 6 meses.
Fin de la ultraactividad
Al vencer un convenio colectivo, dejará de aplicarse -salvo las condiciones de trabajo- hasta que se acuerde uno nuevo. Además, los convenios de empresa tendrán prevalencia sobre los sectoriales incluso si son menos favorables para el trabajador.
La autoridad laboral podrá suspender cláusulas que, según el proyecto, generen "distorsiones económicas".
Regímenes especiales
El proyecto incluye capítulos específicos:
Casas particulares
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Período de prueba de seis meses.
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Recibos electrónicos.
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Reglas específicas para descansos, vestimenta y alimentación.
Trabajo agrario
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Contrato permanente con prueba de ocho meses.
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Durante ese período cualquiera puede rescindir sin indemnización, con aviso de 15 días.
Repartidores de apps
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Registro en ARCA.
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Aportes y cobertura social.
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Derecho a rechazar pedidos.
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Cobro del 100% de las propinas.
Formalización laboral y RIFL
El proyecto impulsa un blanqueo laboral que incluye:
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Extinción de acción penal por evasión.
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Condonación de multas.
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Reducción parcial de deuda de aportes.
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Pago en hasta 72 cuotas.
El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) ofrece reducciones temporales de contribuciones patronales por cuatro años para empresas que contraten desempleados, monotributistas o ex empleados públicos.