Prisión domiciliaria para condenados por abuso: ¿justicia o privilegio?

El polémico fallo que otorgó prisión domiciliaria a José Alperovich genera un debate profundo sobre la igualdad ante la ley y la confianza en la justicia.

Resulta casi incomprensible que personas condenadas por crímenes atroces, especialmente agresiones sexuales reiteradas, puedan cumplir sus penas en sus hogares, y más aún si ese domicilio es el mismo espacio donde se cometieron los delitos. Esta situación no solo desafía el sentido común, sino que también pone en jaque la legitimidad de la justicia frente a la sociedad.

Cuando el sistema judicial parece abrirle la puerta a un condenado para cumplir la pena en un lugar estratégico, lujoso y con poder, el riesgo de que la ciudadanía perciba un trato diferencial aumenta, erosionando la confianza en un principio fundamental: que la ley es igual para todos, sin importar estatus o recursos.

El caso Alperovich: de la prisión preventiva a la polémica domiciliaria

José Alperovich, exgobernador de Tucumán y senador, fue condenado en junio de 2024 a 16 años de prisión por nueve hechos de abuso sexual agravado contra su sobrina, cometidos principalmente entre 2017 y 2018. La condena incluyó hechos de abuso simple reiterado, tentativa y abusos con acceso carnal, en contextos de intimidación y abuso de poder.

Inicialmente, el juez Ramos Padilla negó todas las solicitudes de prisión domiciliaria presentadas por la defensa, basándose en el riesgo de fuga y la gravedad de los delitos. En ese momento, el magistrado enfatizó la injusticia que implica que los condenados con más recursos puedan acceder a beneficios que a otros se les niegan, rechazando flexibilizaciones en la modalidad de cumplimiento de la pena.

Sin embargo, aproximadamente un año después, el mismo juez cambió de postura. Argumentó que, debido a la edad avanzada de Alperovich y dolencias vinculadas a problemas de columna, se justificaría otorgarle la prisión domiciliaria, aceptando un domicilio polémico ubicado en una de las torres más exclusivas de Puerto Madero.

Prisión domiciliaria para condenados por abuso: ¿justicia o privilegio?

Lo preocupante es que el fallo no incluyó informes interdisciplinarios -médicos, psicológicos, sociales y especializados en delitos sexuales- que la Ley de Ejecución Penal exige para justificar la morigeración. Tampoco consta que se haya consultado formalmente a la víctima, un requisito legal esencial para preservar sus derechos y tener en cuenta su opinión en el proceso.

Este cambio abrupto sin nueva evidencia sustancial sembró dudas sobre la coherencia judicial y alimentó la percepción pública de una justicia a la carta, especialmente para figuras con poder político y económico.

Más allá del caso Alperovich: ¿un patrón preocupante?

El caso del exgobernador tucumano es emblemático, pero no aislado. Otros condenados por delitos sexuales con condiciones similares han recibido o denegado prisión domiciliaria bajo criterios no siempre claros.

Por ejemplo, Gustavo Rivas, exconcejal de Gualeguaychú, fue condenado por múltiples abusos sexuales a menores. A sus 77 años y con problemas de salud, inicialmente se le concedió prisión domiciliaria, pero luego la Cámara de Casación ordenó su traslado a un penal, reconociendo que las condiciones de salud podían ser atendidas en prisión.

Esta disparidad en el trato refuerza la necesidad urgente de revisar las normas y prácticas que regulan la prisión domiciliaria, garantizando que no se convierta en un privilegio para quienes cuentan con recursos o influencia.

La urgencia de un debate legislativo y ético

Más allá de aspectos técnicos o jurídicos, la concesión arbitraria o cuestionable de prisión domiciliaria a condenados por abusos sexuales afecta la legitimidad del sistema judicial y la protección de las víctimas.

Es imprescindible que exista un debate público y legislativo que establezca parámetros claros, informes obligatorios y la participación de las víctimas antes de otorgar este beneficio. Solo así se podrá asegurar una justicia transparente, equitativa y que respete tanto los derechos de los condenados como la dignidad y seguridad de las víctimas y la sociedad en su conjunto.


Por Gabriel Iezzi, Infobae

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