Marcela Pagano amplió su denuncia contra Manuel Adorni

La diputada presentó pruebas sobre una vivienda de dos plantas en el "Indio Cuá Golf Club" que no figura en las declaraciones juradas del funcionario. La Justicia investiga un presunto enriquecimiento ilícito y falsedad ideológica.

Según la ampliación presentada ante el Juzgado Federal N° 1 (Expediente CFP 1003/2026), Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, habrían construido una vivienda de dos plantas en el Country Indio Cuá Golf Club, ubicado en el kilómetro 173 de la Ruta 6.

La investigación de Pagano detalla que la propiedad, de color gris verdoso, se encuentra a escasos 100 metros del hoyo 17 de la cancha de golf. El dato que complica al Jefe de Gabinete es que el lote 380 de dicho complejo figuraría a nombre de su cónyuge en los registros de expensas, pero el inmueble no fue consignado en ninguna de las Declaraciones Juradas Patrimoniales presentadas ante la Oficina Anticorrupción.

Marcela Pagano amplió su denuncia contra Manuel Adorni

Inconsistencias financieras y viajes de lujo

La denuncia subraya una "manifiesta insuficiencia" de los ingresos públicos de Adorni para costear su nivel de vida actual. La presentación judicial enumera gastos que no coincidirían con el patrimonio declarado:

  • Propiedades: solo declaró un departamento en CABA (50%) y otro en La Plata.

  • Vuelos de alto costo: un vuelo privado a Punta del Este (USD 10.000) y un pasaje premium de su esposa a Nueva York (USD 5.000).

  • Ahorros estáticos: sus ahorros declarados se mantuvieron en USD 48.720 durante dos años, mientras financiaba simultáneamente alquileres en countries y construcciones de alta gama.

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Las posibles penas y medidas de prueba

Pagano solicitó al juez una batería de medidas que incluyen una inspección ocular con perito oficial en el country, declaraciones de vecinos y pedidos de informes al Registro de la Propiedad Inmueble. Los delitos que se le imputan al vocero presidencial son:

  1. Enriquecimiento ilícito (Art. 268 del Código Penal).

  2. Falsedad ideológica de documento público.

  3. Incumplimiento de los deberes de funcionario público.

  4. Violación de la Ley de Ética Pública.

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