El Gobierno acató una medida judicial y restituirá más de 100.000 pensiones por discapacidad laboral

La medida, dictada por el juez federal de Catamarca, Guillermo Díaz Martínez, obliga a La Libertad Avanza a restablecer los beneficios suspendidos y suspender nuevas bajas hasta que haya una sentencia definitiva.

Orden judicial obliga a restablecer pensiones

El gobierno de Javier Milei acató la medida del juez Guillermo Díaz Martínez, titular del Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca, y restablecerá las 119.033 pensiones no contributivas por discapacidad laboral suspendidas previamente. Según fuentes oficiales, los beneficios no se otorgarán a personas presas.

La decisión fue publicada en el Boletín Oficial a través de la resolución ANDIS 13901/2025, y se aplica a todo el país. La orden surge tras una cautelar presentada por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (APYFADIM) y el Defensor del Pueblo de Catamarca, que denunció irregularidades en la suspensión masiva de pensiones.


Contexto y críticas al sistema de pensiones

El fallo considera que los derechos afectados tienen naturaleza colectiva e individual, señalando que las suspensiones se realizaron bajo normas consideradas inconstitucionales o de ejecución irregular.

Desde el gobierno explicaron que la auditoría de pensiones implementada busca reordenar un sistema históricamente usado con fines políticos y clientelares, dado que entre 2003 y 2023 las pensiones pasaron de 200.000 a 1.250.000. Manuel Adorni, vocero presidencial, detalló que se detectaron 27.149 pensiones cobradas por personas fallecidas y 55.318 renuncias simuladas, lo que permitió redistribuir los beneficios a quienes realmente lo necesitan.

La ANDIS también advirtió que restaurar todas las pensiones indiscriminadamente podría incluir a personas que no cumplen los requisitos legales, como presos, trabajadores con ingresos incompatibles o personas sin diagnóstico médico válido. Por esta razón, se decidió excluir a presos del restablecimiento.


Fallo federal y marco legal

El juez Díaz Martínez amplió la restitución de beneficios a todo el país, basándose en la doctrina de legitimación colectiva y derechos de incidencia colectiva, citando el caso "Halabi, Ernesto c/ PEN Ley 25.837 y decreto 1564/04 s/ amparo".

El fallo responde al amparo presentado contra el Decreto 843/2024, que elevó al 66 % el umbral de "disminución de la capacidad laborativa" y amplió las causales de suspensión de pensiones. Las organizaciones denunciaron que el proceso de auditoría de la ANDIS se realizó sin marco normativo claro, sin criterios públicos ni accesibilidad adecuada, e incluyó notificaciones defectuosas que impidieron el derecho de defensa de los beneficiarios.

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