Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica y visitas controladas, según ratificó la Justicia

La Cámara de Casación Penal rechazó los pedidos de la defensa para flexibilizar las condiciones de la prisión domiciliaria de la expresidenta, condenada en la causa Vialidad.

La Justicia ratificó que Cristina Fernández de Kirchner deberá seguir cumpliendo su condena bajo prisión domiciliaria con tobillera electrónica y un régimen de visitas controladas. La decisión fue adoptada este viernes por la Cámara Federal de Casación Penal, que desestimó los pedidos de la defensa para relajar esas medidas.

La expresidenta fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad. La resolución judicial remarca que las condiciones actuales garantizan un control judicial efectivo, preservan la seguridad de la exmandataria y no vulneran sus derechos.

Qué decidió la Cámara Federal de Casación Penal

El fallo fue firmado por los jueces Gustavo Hornos, Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky, quienes evaluaron los pedidos de la defensa de Cristina Kirchner y también un recurso del Ministerio Público Fiscal. Aunque el fiscal Mario Villar había solicitado inicialmente que se revoque la prisión domiciliaria, en la audiencia desistió de esa postura.

Por mayoría, el tribunal resolvió mantener la colocación del dispositivo electrónico de vigilancia y la exigencia de autorización previa para personas no incluidas en la nómina de visitas. Solo Borinsky votó en disidencia parcial, al considerar innecesaria la tobillera y las restricciones, dado que la exmandataria cuenta con custodia permanente de la Policía Federal.

Los fundamentos del fallo

En más de 100 páginas, la resolución destaca que:

  • Cristina Kirchner mantiene garantizados sus vínculos familiares y profesionales.

  • La ampliación de la lista de visitantes es posible mediante un trámite judicial simple.

  • No existe prueba médica ni técnica que justifique retirar la tobillera electrónica.

  • Las medidas son proporcionales a la gravedad institucional de los hechos por los que fue condenada.

Además, la Cámara recordó que el uso del dispositivo electrónico es la regla, según lo establece la Ley 27.375. Solo puede omitirse en casos excepcionales debidamente fundamentados, lo que no ocurre en esta situación.

Sin cambios en el domicilio ni en el régimen

El domicilio de cumplimiento de la pena seguirá siendo el mismo. Los jueces recordaron que un eventual cambio de lugar no puede ser resuelto por la justicia penal, ya que corresponde al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo que respecta al uso del espacio público.

El tribunal también dejó abierta la posibilidad de revisar las condiciones si cambian las circunstancias del caso.

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