ANMAT prohíbe un repelente "OFF!" por origen desconocido

El organismo detectó que el producto carece de inscripción sanitaria y representa un riesgo para la salud. La empresa titular de la marca en Argentina desconoció el lote como propio.

La ANMAT ordenó la prohibición inmediata del uso, comercialización y publicidad de todas las presentaciones del producto etiquetado como "Repelente de insectos" marca OFF! que presente inscripciones íntegramente en idioma chino. La medida, oficializada mediante la Disposición Nº 1476/26, alcanza también a las plataformas de venta en línea, donde se había detectado la distribución de estos lotes ilegítimos que no han pasado por los controles de calidad exigidos por la normativa argentina.

La investigación se inició tras detectar unidades que no contaban con la debida inscripción sanitaria. Ante la consulta técnica, la firma S.C. Johnson & Son de Argentina S.A.I.C., titular oficial de la marca OFF! en el país, confirmó que no participó en ninguna etapa de la elaboración, registro o importación de dicho producto. 

Al tratarse de una mercadería de origen desconocido y sin trazabilidad, el organismo rector determinó que no es posible garantizar ni la seguridad de sus componentes ni su eficacia para repeler insectos.

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El principal riesgo sanitario radica en la falta de certeza sobre los activos químicos utilizados en la fórmula. Los repelentes de insectos autorizados deben cumplir con concentraciones específicas de DEET u otros componentes permitidos para asegurar que no produzcan toxicidad dérmica o respiratoria. 

Al ser un producto "en chino" y sin control, su aplicación podría generar reacciones alérgicas severas o, peor aún, no brindar la protección necesaria en un contexto de prevención de enfermedades como el Dengue, Zika o Chikungunya.

La disposición de ANMAT es taxativa: la prohibición rige para todo el territorio nacional y para todos los vencimientos y contenidos netos de esta versión específica. Se recomienda a los consumidores verificar siempre que los envases contengan la información obligatoria en español, incluyendo el número de registro de establecimiento (RNE) y el número de registro de producto de uso doméstico (RNPUD), los cuales validan que el artículo es apto para el contacto humano.

Ante la presencia de estas unidades en comercios o portales de e-commerce, se insta a la población a realizar la denuncia correspondiente ante el área de Vigilancia Sanitaria de la ANMAT. 

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