Receta electrónica obligatoria: qué cambia, cuándo se implementa y qué pasa con las recetas en papel
El Ministerio de Salud de la Nación amplió oficialmente el uso obligatorio de la receta electrónica en Argentina, que a partir de ahora abarcará no solo medicamentos, sino también estudios médicos, procedimientos, prácticas y dispositivos de salud.
La medida, establecida por la Resolución 2214/2025, busca consolidar el sistema digital sanitario nacional, mejorar la trazabilidad y garantizar un acceso más seguro y ágil a las indicaciones médicas.
¿Qué cambia con la nueva normativa?
Desde la publicación de la resolución, todas las órdenes médicas deben emitirse a través de plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS).
Esto incluye:
Medicamentos (comunes y archivados)
Psicotrópicos y estupefacientes
Estudios diagnósticos
Dispositivos médicos
Además, se incorporan dos datos clave:
CUIL como identificador principal del paciente
CUIR (Clave Única de Identificación de Receta) para localizar la orden médica en el sistema digital
Plazos de adaptación para prestadores
El Ministerio estableció un cronograma progresivo de adecuación:
45 días: identificación única de recetas electrónicas
90 días: digitalización de recetas archivadas
120 días: digitalización de recetas restringidas (psicotrópicos y estupefacientes)
¿Qué pasa con las recetas en papel?
Aunque el nuevo sistema es obligatorio, se mantienen excepciones para zonas con baja o nula conectividad digital. En esos casos, la receta en papel seguirá siendo válida, incluso una vez cumplidos los plazos de adaptación.
Cada provincia podrá determinar de manera autónoma si mantiene el uso de recetas en papel según su situación de conectividad.
Además, si una farmacia o sistema presenta fallas técnicas, se permitirá retirar el medicamento y luego aplicar el descuento cuando el sistema vuelva a estar operativo.
Requisitos para que una receta digital sea válida
Debe incluir:
Datos completos del profesional: nombre, matrícula, especialidad, domicilio
Datos del paciente: nombre, DNI, CUIL, obra social, sexo, fecha de nacimiento
Detalle del medicamento, estudio o procedimiento prescripto
Diagnóstico
Fecha de emisión
Firma digital
Código de barras y CUIR
Todas las recetas deben conservarse digitalmente por un mínimo de tres años.
¿Dónde consultar más información?
La resolución completa puede consultarse en el sitio oficial del Ministerio de Salud de la Nación. Ante dudas sobre su implementación o excepciones, se recomienda contactar a las autoridades sanitarias provinciales.