PAMI deberá cubrir tratamiento integral de un afiliado con discapacidad en Tucumán

La Justicia Federal ordenó al PAMI costear de manera completa y gratuita la medicación y la internación domiciliaria de un hombre de 80 años con discapacidad, tras un amparo presentado por su esposa.

Fallo judicial prioriza derecho a la salud y la vida

El juez federal José Manuel Díaz Vélez, del Juzgado Federal N° 1 de Tucumán, dictó un fallo que obliga al PAMI a garantizar la cobertura total de un tratamiento integral para un afiliado de 80 años con discapacidad. La resolución destaca que el derecho a la salud prevalece sobre obstáculos administrativos o financieros, asegurando atención médica completa y gratuita.

El caso se inició con un amparo presentado por la esposa del paciente, identificado como H. Z., quien padece insuficiencia vascular cerebral y periférica, complicaciones que derivaron en la amputación de tres dedos de su pie derecho. La acción legal surgió luego de que el PAMI denegara un anticoagulante prescrito por su hematóloga, alegando la existencia de alternativas en su vademécum, pese a que la medicación previa había resultado ineficaz.

Cobertura integral: medicación e internación domiciliaria

El fallo judicial establece que el PAMI debe cubrir el 100% del medicamento indicado por los médicos tratantes, así como la internación domiciliaria integral (IDI). Esto incluye servicios de cuidadores, enfermeros y rehabilitación motriz, por el tiempo que los profesionales consideren necesario.

El juez Díaz Vélez resaltó la vulnerabilidad del paciente por su edad avanzada y por estar certificado como persona con discapacidad mediante el Certificado Único de Discapacidad (CUD) por un diagnóstico de demencia. Además, destacó que la atención adecuada es esencial para evitar complicaciones graves o irreversibles.

El dictamen del médico forense Gustavo Armando respaldó la prescripción, señalando que el medicamento anterior no había sido efectivo y que la nueva indicación era correcta, considerando el riesgo que implica el manejo de coagulación en pacientes de alto riesgo.

Costas del proceso y precedentes legales

El juez impuso las costas del proceso íntegramente al PAMI, aplicando el principio de derrota objetiva, dado que la obra social obligó al afiliado a judicializar su reclamo para obtener prestaciones básicas. La regulación de honorarios se basó en la calidad, extensión y trascendencia jurídica del trabajo de los letrados.

Este fallo se enmarca en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que prioriza el bienestar del paciente por sobre formalidades administrativas, y establece que las obras sociales deben garantizar atención integral en todas las etapas de la enfermedad, asegurando dignidad e integración en la vejez.

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