Obligado por la justicia, el Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad
El Decreto 84/2026 puso en marcha la Ley 27.793 luego de meses de demora y una orden de la Justicia que declaró inválido el freno presupuestario.
Después de meses de postergación y con una orden judicial de por medio, el Gobierno Nacional finalmente reglamentó la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad. Lo hizo a través del Decreto 84/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, que activa la norma sancionada por el Congreso en julio del año pasado.
La Ley 27.793 declara la emergencia en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga. Sin embargo, tras su aprobación, el Poder Ejecutivo había dejado su aplicación en suspenso al alegar falta de previsión presupuestaria.
El fallo judicial que forzó la reglamentación
En diciembre, el juez federal de Campana Adrián González Charvay declaró inválido el artículo del decreto que frenaba la implementación de la ley. En su resolución, advirtió que el condicionamiento presupuestario vulneraba obligaciones constitucionales y tratados internacionales, además de poner en riesgo tratamientos esenciales para personas con discapacidad.
Aunque el Gobierno apeló ante la Cámara Federal de San Martín, el magistrado habilitó la feria judicial y exigió precisiones sobre las medidas adoptadas. La respuesta oficial fue ambigua y sin plazos concretos. La publicación del decreto llega ahora como respuesta directa a esa intervención judicial.
Qué establece el Decreto 84/2026
La reglamentación fija por primera vez reglas operativas claras para la ley. Entre los puntos principales:
Se crea un nuevo régimen de Pensiones No Contributivas por Discapacidad para Protección Social.
Se establecen criterios de acceso, permanencia e incompatibilidades.
Se dispone la conversión automática de las pensiones ya otorgadas al nuevo esquema.
Se ordenan auditorías periódicas del sistema.
Además, la Secretaría Nacional de Discapacidad, bajo la órbita del Ministerio de Salud, deberá coordinar la implementación junto al Consejo Federal, que definirá criterios socioeconómicos.
Un plazo clave: 30 días para auditorías
El decreto fija un plazo de 30 días para presentar un plan de auditorías, un punto que ya estaba previsto en la ley y que no se había ejecutado hasta el momento.
Con esta reglamentación, el Ejecutivo formaliza la aplicación de una norma que había quedado paralizada y que la Justicia consideró prioritaria por su impacto directo en la atención y los derechos de las personas con discapacidad.