El Juez federal declara nulo el veto de Milei a la Ley de Emergencia en Discapacidad
El Juzgado Federal de Campana afirmó que el acceso a la salud de niños con discapacidad "debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias" y ordenó la vigencia automática de la ley.
La Justicia anula el veto presidencial
El Juzgado Federal de Campana declaró nulo el decreto del gobierno de Javier Milei que había vetado la Ley de Emergencia en Discapacidad, aprobada previamente por el Congreso. En su fallo, el juez Adrián González Charvay sostuvo que "el derecho a la salud, educación y rehabilitación de niños con discapacidad debe prevalecer frente a restricciones presupuestarias".
La decisión surge a raíz de un amparo presentado por los padres de dos menores con discapacidad, quienes buscaron garantizar la plena inclusión y participación de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la vida.
Impacto en las prestaciones y obligaciones del Estado
El juez subrayó que los afectados "son personas en situación de múltiple vulnerabilidad por su condición de niños y de personas con discapacidad", por lo que sus derechos requieren "protección especial". Además, advirtió que mantener el veto implicaba el deterioro progresivo de los servicios de salud y violaba obligaciones internacionales de derechos humanos.
González Charvay recordó también que la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoce el derecho autónomo al cuidado, haciendo especial énfasis en la responsabilidad del Estado con menores, adultos mayores y personas con discapacidad.
Qué establecía la ley y posibles apelaciones
La Ley 27.793 declaraba la emergencia hasta el 31 de diciembre de 2027 e incluía medidas como el refuerzo de las pensiones no contributivas por invalidez, elevándolas al 70% del haber mínimo jubilatorio, y su compatibilidad con empleos formales que no superen los dos salarios mínimos.
El decreto presidencial 534/2025 había argumentado que la norma generaba un gasto adicional de más de 7 billones de pesos en 2025 y cerca de 17 billones en 2026, sin financiamiento suficiente.
La decisión judicial habilita la aplicación automática de la ley, aunque el Estado puede apelar ante la Cámara Federal de San Martín.