Segundo "no" a la reforma laboral: La Justicia de La Plata declaró inconstitucional el recorte en las indemnizaciones

El Tribunal de Trabajo N° 3 invalidó el artículo que pretendía aplicar el nuevo sistema de actualización de forma retroactiva. Los jueces advirtieron que la fórmula oficial es insuficiente frente a la inflación y que vulnera el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

El andamiaje legal de la "modernización laboral" impulsada por el Gobierno sufrió ayer lunes su segundo traspié de peso en menos de una semana. El Tribunal de Trabajo N° 3 de La Plata dictó una sentencia que declara la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, sumándose al camino iniciado recientemente por la justicia cordobesa.

El eje del conflicto es la retroactividad. La nueva ley, que entró en vigencia el pasado 6 de marzo, pretendía que su fórmula de cálculo -basada en una tasa pasiva del BCRA con un tope del 67% del IPC- se aplicara incluso a los juicios que ya estaban en trámite. Para los magistrados platenses, esto es un avance directo sobre los derechos adquiridos de los trabajadores y una colisión frontal con el artículo 14 bis de la Constitución.

El riesgo de la inflación es del empleador

En un fallo con fuerte contenido doctrinario, el tribunal sostuvo que el mecanismo de actualización propuesto por el Ejecutivo resulta insuficiente para resarcir al trabajador. Según el criterio judicial, la fórmula libertaria deriva en una pérdida del valor real de la indemnización, trasladando el costo de la desvalorización monetaria hacia el sector más vulnerable.

"El riesgo derivado de la inflación debe ser asumido por la parte empleadora", remarca la sentencia. Bajo esta premisa, el tribunal rechazó que el Estado establezca topes que licúen las sumas adeudadas en procesos judiciales que llevan años de litigio.

El caso que disparó el fallo

La resolución se originó en la demanda de un trabajador que no solo denunció falta de pagos y tareas, sino que demostró haber estado "en negro". Ante la rebeldía de la parte empleadora, el tribunal no solo condenó a la empresa a pagar 12,8 millones de pesos, sino que ordenó que dicho cálculo se realice bajo los criterios previos a la reforma, ignorando el tope impuesto por la nueva ley.

Un escenario de incertidumbre legal

Este fallo profundiza la grieta entre el Poder Ejecutivo y el Judicial respecto a la reforma laboral. Con dos sentencias de inconstitucionalidad en provincias clave (Buenos Aires y Córdoba), la aplicación de la Ley 27.802 entra en un cono de sombra. La distinción que hacen los jueces entre quienes demandaron antes y después de la vigencia de la norma sugiere que la "homologación" pretendida por el Gobierno será rechazada sistemáticamente en los fueros del trabajo.

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