Censura mediática en Tucumán: califican la medida de "aberrante" e "inconstitucional"
Un juez subrogante dictó una medida cautelar que limita la difusión de contenidos de la empresa CCC sobre fiscales y magistrados. Expertos advierten que se trata de censura previa y una violación a derechos constitucionales.
La decisión del juez subrogante Lucas Taboada de dictar una medida cautelar contra la empresa de medios Compañía de Circuitos Cerrados (CCC) provocó un fuerte rechazo de especialistas y generó polémica en Tucumán. La resolución impide a CCC, así como a sus periodistas, productores y conductores, difundir cualquier contenido que "injurie, desacredite, tergiverse o distorsione" la labor de fiscales, funcionarios o magistrados del sistema judicial provincial, bajo apercibimiento de desobediencia judicial y con control del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) por seis meses.
La medida, que surgió tras un pedido del Ministerio Público Fiscal, acusa a CCC de supuestos entorpecimientos al ejercicio de funciones públicas, coacción institucional e incitación al descrédito de los funcionarios judiciales. Según fuentes oficiales, el objetivo sería "prevenir la violencia simbólica y la deslegitimación pública de las instituciones del sistema judicial".
Expertos califican la medida como inconstitucional
La cautelar fue duramente cuestionada por constitucionalistas nacionales, quienes la calificaron de "aberrante" e "inconstitucional". El especialista Mariano Bär, consultado por Juan Manuel Montero de La Gaceta, aseguró que la resolución "atenta contra principios básicos de la democracia y de la Constitución argentina".
Bär recordó que la libertad de prensa está protegida por los artículos 14 y 32 de la Constitución Nacional, así como por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, con jerarquía constitucional en nuestro país. "Esta especie de mordaza se vuelve más grave al tratarse de funcionarios del Poder Judicial. Impedir la crítica es un acto de censura antidemocrático y antirrepublicano", agregó.
Por su parte, el constitucionalista Diego Armesto advirtió que "toda restricción a la libertad de expresión vulnera derechos fundamentales y va contra los Tratados Internacionales de Derechos Humanos". Según Armesto, "la libertad de prensa es la piedra angular de la democracia republicana, y la medida tomada contra CCC constituye un caso típico de censura previa prohibida por la Constitución Nacional".
Los expertos coinciden en que los funcionarios públicos, y especialmente los del Poder Judicial, deben estar sujetos a crítica, ya que esta permite a la sociedad evaluar su desempeño y rendición de cuentas. Impedir esa crítica, según Bär y Armesto, "afecta el derecho de los ciudadanos a estar informados y debilita los fundamentos democráticos del país".