Duro revés para EDET: deberá pagar cifras millonarias por quemar electrodomésticos
En el primer bimestre de 2026, el Gobierno de Tucumán rechazó 12 recursos que EDET había presentado para evitar reparar los daños ocasionados a electrodomésticos de distintos usuarios. Los reclamos señalaban al deficiente servicio de energía eléctrica como el causante de las roturas.
Solo en el primer bimestre de 2026, tanto el Gobierno de Tucumán como la Justicia rechazaron distintos recursos que EDET presentó para evitar el resarcimiento por electrodomésticos dañados. Tras años de maniobras dilatorias, los documentos oficiales ratifican la responsabilidad de la empresa y determinan indemnizaciones millonarias.
El frente administrativo: 12 recursos rechazados en 2026
En estos meses, el Gobierno provincial ya rechazó 12 recursos de alzada que la empresa había presentado para no responsabilizarse por estos daños, según consta en el Boletín Oficial provincial. A través de estos recursos, EDET buscaba impugnar resoluciones previas dictadas por el Ente de Control y Regulación de los Servicios Públicos de Tucumán (ERSEPT). Anteriormente, cada usuario (uno por decreto) había iniciado un reclamo para que la empresa se haga cargo del desperfectos.
En todos los casos, la argumentación es similar: la responsabilidad de la distribuidora se basa en el nexo probado entre las fallas de tensión y la rotura de los artefactos. Además, se afirma que la empresa es la responsable de "todos los daños y perjuicios causados a terceros o bienes de propiedad" que sean consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato de concesión.
Con estas justificaciones, los decretos, firmados por el gobernador o por la persona a cargo del Poder Ejecutivo, concluyen de manera contundente: "Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por el Dr. Horacio Enrique Bollati, en su carácter de apoderado de la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A (EDET SA)". Así, se obliga a la empresa a resarcir el daño ocasionado a los usuarios, ya sea reparando el artefacto dañado o restituyendo al usuario el monto abonado para su reparación.
Un FALLO JUDICIAL CON UNA INDEMNIZACIÓN MILLONARIA
Pero la vía administrativa no es el único camino en el que EDET está recibiendo resoluciones desfavorables. El 24 de febrero de 2026, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial I de Tucumán ratificó una condena que obligaba a la empresa a indemnizar a Juan Carlos Guzmán, un señor de 89 años que sufrió la pérdida de su heladera tras un siniestro eléctrico. La resolución determinó una indemnización de $41.475 correspondientes al costo de reparación del electrodoméstico y de $1.000.000 en concepto de daño moral, junto a una multa civil equivalente a cinco canastas básicas.
En el fallo, se advierte que la empresa de energía eléctrica reconoce que existió un evento de sobretensión y que eso ocasionó el daño al electrodoméstico. Sin embargo, justifica que fue un caso "fortuito", una situación "de fuerza mayor", un evento "imprevisible" en la red.
Aun así, los vocales Álvaro Zamorano y Laura A. David rechazaron el argumento. "La sobretensión o sobrecarga de la red es un riesgo propio de su actividad; ergo de ajeno no tiene nada. Bastando estas solas consideraciones para desbaratar esa defensa", argumentaron.
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Existen otros fallos judiciales similares. En diciembre de 2025, la Justicia dictó tres sentencias contra EDET. En total, se resolvió que la empresa debía abonar más de $3,4 millones por daños materiales a lavarropas, televisores, hornos, alarmas y porteros. Además, se sentenció un pago de $3,1 millones por daño moral y de $4,4 millones por daños punitivos.
Hasta el cansancio: la estrategia dilatoria de EDET
En todos los casos mencionados, la estrategia de la empresa fue exactamente la misma: negar su responsabilidad y rechazar los reclamos, a pesar de las pruebas y de los antecedentes. De esta forma, la empresa no solo desalienta a los usuarios, sino que dilata el procedimiento lo máximo posible, tanto por la vía administrativa como por la judicial.
El caso de Lilian es elocuente. Esta usuaria sufrió un siniestro eléctrico el 13 de diciembre de 2017. Recién ocho años después, la Provincia rechazó un recurso presentado por EDET para no resarcir los daños ocasionados, según consta en el Decreto 3952/3 publicado en el Boletín Oficial el 3 de febrero de 2026.
A pesar de estas trabas administrativas y judiciales, las resoluciones son contundentes: las deficiencias en el servicio de energía eléctrica y sus consecuentes daños son responsabilidad de EDET. Por lo tanto, la empresa debe resarcir a los usuarios.