Tucumán: condenaron a 2 años de prisión condicional al policía que le voló un ojo a un joven durante un operativo

El efectivo Julián Alberto Campos fue hallado culpable de causar la lesión irreversible a un chico de 19 años. Su compañero fue absuelto y la defensa adelantó que apelará el fallo.

El operativo que terminó con un joven sin un ojo

La Justicia tucumana condenó a dos años de prisión de ejecución condicional al policía Julián Alberto Campos, al considerarlo responsable de las lesiones que sufrió Rodrigo Esteban Rodríguez Argañaraz, un joven de 19 años que perdió el ojo derecho tras recibir un disparo durante un procedimiento. En la misma sentencia, el coimputado Juan Antonio Díaz fue absuelto por el beneficio de la duda.

El hecho ocurrió la tarde del 13 de noviembre de 2020, alrededor de las 18.30, cuando cuatro integrantes del Grupo Especial de Apoyo Motorizado (GEAM) realizaron recorridos preventivos en inmediaciones del pasaje Einstein al 1.900. Los efectivos observaron a dos hombres en moto que, al advertir la presencia policial, arrojaron un objeto a la calle y escaparon. Dos policías verificaron que se trataba de un arma de fuego, mientras que los otros iniciaron la persecución de los sospechosos.

En medio de esa secuencia, vecinos de la zona intervinieron para impedir la detención de los motociclistas. La situación se tensó, hubo disturbios y los uniformados pidieron refuerzos. Entre quienes llegaron como apoyo estaban Campos y Díaz, que aprehendieron a Juan Carlos Durán por su presunta participación en el altercado y por desobedecer órdenes policiales. Luego lo subieron a la caja de un patrullero para trasladarlo a una dependencia.

Fue en ese momento, según quedó probado en el juicio, cuando se produjo el disparo que impactó en el rostro de Rodríguez Argañaraz, sobrino de Durán, que se encontraba en la vereda. La herida le provocó la pérdida del ojo derecho y configuró una lesión de extrema gravedad que marcó todo el proceso.


La investigación y la acusación de la Fiscalía

La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía de Delitos Complejos , dirigida por la fiscal Mariana Rivadeneira. De acuerdo con la hipótesis fiscal, uno de los policías imputados se habría subido a la caja del vehículo con una escopeta Maverick, serie 70594, y efectuado varios disparos, uno de los cuales fue dirigido a corta distancia hacia el joven.

El debate oral comenzó el 18 de febrero de 2026. En los alegatos, el Ministerio Público Fiscal, representado por el auxiliar Federico Lizárraga, pidió una pena de ocho años de prisión para ambos acusados. Los aparentemente coautores del delito de lesiones gravísimas agravadas por su condición de miembros de una fuerza de seguridad.

Lizárraga remarcó que no se trataba de un juicio contra la institución policial, sino contra la conducta puntual de dos funcionarios que, en ejercicio del poder de policía y utilizando un arma provista por el Estado, causaron una lesión irreversible a un ciudadano.


Qué pidieron la querella y la defensa

La querella, encabezada por el abogado Patricio Char, reclamó una condena de 10 años de prisión efectiva para Campos. Sin embargo, se apartó de la acusación respecto de Díaz, al entender que su rol se limitó a conducir la camioneta y que no tuvo participación en la decisión de disparar contra la víctima.

La defensa de ambos imputados, a cargo del abogado Carlos Garmendia, solicitó la absolución total. Sostuvo que los disparos no fueron realizados por ninguno de los acusados y argumentó que la secuencia de los hechos, desarrollada en un lapso de alrededor de cinco minutos, no les habría permitido descender del vehículo, reducir al detenido, buscar el arma, disparar y retirarse de la escena.

Garmendia también cuestionó la actuación del Ministerio Público Fiscal. Señaló que la causa tardó seis años en llegar a juicio, que en un momento fue archivada y que luego se reabrió por presión de la víctima. Además, defendió la trayectoria de Campos, al que calificó como un "excelente" efectivo policial.


El fallo, el mensaje institucional y la futura apelación

El juicio fue presidido por el juez Augusto Paz Almonacid, quien, tras valorar la prueba producida en el debate, resolvió absolver a Díaz por el beneficio de la duda y condenar a Campos a dos años de prisión condicional por el delito de lesiones graves cometidas en exceso de la legítima defensa.

Tras conocerse la sentencia, la querella se mostró conforme con el fallo. Destacó que el veredicto envía un mensaje institucional frente a episodios de violencia policial y remarcó que el objetivo no es afectar a la fuerza en su conjunto, sino preservar su prestigio frente a conductas abusivas individuales.

La defensa, en cambio, anunció que apelará la decisión. Sostuvo que la valoración probatoria del tribunal reconoce, en gran medida, los planteos defensivos, pero, pese a ello, se atribuyó a Campos la autoridad del disparo. Según adelantó Garmendia, el próximo paso será analizar en detalle qué elementos llevaron al magistrado a responsabilizar al imputado y plantear esa discusión ante una instancia superior.

Con esta resolución, el caso deja un antecedente relevante en Tucumán sobre el control judicial de la actuación policial durante procedimientos en barrios populares y reabre el debate sobre los tiempos y la eficacia de la investigación penal en hechos de violencia institucional.

Esta nota habla de:
Últimas noticias de Tucumán
Padres de la Escuela Zavaleta se niegan a que sigan trasladando el establecimiento
Actualidad

Padres de la Escuela Zavaleta se niegan a que sigan trasladando el establecimiento

La alerta fue difundida por docentes y familias que advierten que el establecimiento podría dejar de funcionar como tal en los próximos días.
El Gobierno dictó conciliación obligatoria y Tucumán comienza las clases este martes 3 de marzo
Actualidad

El Gobierno dictó conciliación obligatoria y Tucumán comienza las clases este martes 3 de marzo

El gobernador Osvaldo Jaldo ratificó la fecha de inicio del ciclo lectivo tras cerrar el acuerdo salarial con dos gremios.
Nuestras recomendaciones