Rige la veda electoral en CABA: qué actividades están prohibidas y hasta cuándo rige
Arrancó este viernes 16 de mayo y se extenderá hasta las 21 del domingo 18, tres horas después del cierre de los comicios.
Este viernes a las 8 de la mañana comenzó a regir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la veda electoral de cara a las elecciones legislativas del domingo 18 de mayo. Según establece el Código Nacional Electoral, las restricciones se extienden hasta tres horas después del cierre de los comicios, es decir, hasta las 21 del domingo.
Durante este período, los candidatos tienen prohibido realizar actos de campaña o proselitismo. La medida alcanza también a los medios de comunicación, ciudadanos y fuerzas políticas, con sanciones previstas para quienes la infrinjan.
Los porteños votarán con el sistema de Boleta Única Electrónica (BUE), y están habilitados a sufragar los mayores de 16 años que tengan domicilio en la ciudad.
Qué actividades están prohibidas
Durante la veda electoral no se podrá:
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Realizar actos públicos de campaña o proselitismo electoral.
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Entregar boletas de sufragio a menos de 80 metros de las mesas de votación.
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Difundir encuestas, sondeos o cualquier tipo de propaganda política.
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Vender bebidas alcohólicas entre las 20 del sábado 17 y las 21 del domingo 18.
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Realizar espectáculos populares o reuniones públicas ajenas al acto electoral.
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Portar armas.
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Portar banderas, insignias o distintivos partidarios.
Qué sanciones hay por violar la veda
El incumplimiento de la veda puede derivar en:
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Multas económicas que van desde los $10.000 hasta los $100.000.
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Prisión de hasta seis meses por vender alcohol en el período prohibido.
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Hasta 15 días de arresto por portar armas o insignias partidarias.
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Suspensión del acceso a financiamiento público para partidos que violen la normativa, por un periodo de uno a cuatro años.