Nuevas reglas para las billeteras cripto: qué exige el Gobierno
La Comisión Nacional de Valores reglamentó la actividad de los exchanges de criptomonedas con requisitos más estrictos para operar en el país.
A partir de la resolución 1058, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno formalizó la regulación para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) en Argentina. Esta medida, impulsada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) tras el escándalo de la plataforma Libra, busca controlar el funcionamiento de las billeteras cripto y establecer mayores requisitos de seguridad y transparencia.
Uno de los puntos centrales es la obligatoriedad de inscripción en un registro oficial para toda persona o empresa que opere con criptomonedas. Los plazos para cumplir con este requisito varían según el tipo de operador:
- Personas humanas (locales): hasta el 1° de julio de 2025.
- Empresas locales: hasta el 1° de agosto de 2025.
- Empresas extranjeras: hasta el 1° de septiembre de 2025.
Quedan exceptuadas las personas físicas que realicen operaciones por debajo de un monto equivalente a UVA 35.000 mensuales.
Los principales requisitos para los exchanges cripto
La nueva normativa establece una serie de exigencias para quienes quieran operar legalmente con activos virtuales. Entre los requisitos más relevantes, se destacan:
- Registro obligatorio: Todas las personas y empresas que actúen como PSAV deben inscribirse. No aplica a quienes compran, venden o pagan en cripto por cuenta propia.
- Capital mínimo: Los operadores deberán acreditar un patrimonio neto de:
- US$150.000 para intercambios de criptomonedas.
- US$75.000 para transferencias de activos.
- US$35.000 para servicios financieros relacionados.
- Segregación de activos: Los exchanges deberán diferenciar contablemente los activos propios de los de sus clientes, aunque no se exige la creación de una cuenta comitente separada.
- Empresas extranjeras: Deberán designar una representación local que se responsabilice de las operaciones en el país y pueda responder ante los organismos de control.
Quiénes quedan fuera del mercado cripto
La CNV fue clara: nadie podrá operar en Argentina sin estar registrado. Esto implica que tanto personas físicas como jurídicas que no cumplan con los requisitos no podrán realizar actividades relacionadas con la compraventa, intercambio o custodia de criptomonedas.