La Justicia falló contra EDET: una usuaria será indemnizada por los daños tras un corte de luz

Una vecina tucumana demandó a la empresa eléctrica luego de que una baja de tensión dañara su heladera. El juez le dio la razón y ordenó una compensación económica. El fallo podría sentar un precedente para otros reclamos de usuarios.

Un corte de luz que terminó en los tribunales

El caso comenzó en octubre de 2023, cuando Milagros Daviglus, vecina de San Miguel de Tucumán, sufrió una baja de tensión y un posterior corte de energía eléctrica que dejó su heladera fuera de servicio.

La mujer hizo el reclamo correspondiente ante EDET S.A., pero la empresa rechazó su pedido de reparación. Ante la falta de respuesta, Daviglus decidió acudir a la Justicia con el patrocinio de la abogada Patricia Neme.

En su demanda, solicitó una indemnización por daño material, moral y punitivo, además de pedir la publicación de la sentencia en un medio local.

La Justicia falló contra EDET: una usuaria será indemnizada por los daños tras un corte de luz

La defensa de EDET y el avance del juicio

Durante el proceso, EDET negó toda responsabilidad. Argumentó que el inconveniente se había originado en una línea de alta tensión de TRASNOA, empresa transportadora de energía, y no por una falla en su sistema. Además, la compañía sostuvo que el daño en el electrodoméstico era "mecánico" y no eléctrico, según un informe técnico elaborado por personal de la empresa.

Sin embargo, la parte actora presentó como prueba la Resolución N° 299/24 del ERSEPT, que atribuyó responsabilidad a EDET por la deficiencia en el servicio.

El fallo: EDET deberá indemnizar a la usuaria

El juez Santiago José Peral, del Juzgado Civil y Comercial Común de la X° Nominación, resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda y ordenó que EDET S.A. indemnice a Milagros Daviglus.
Si bien el magistrado no aceptó todos los montos reclamados, consideró probado que la empresa incumplió con su deber de brindar un servicio eficiente y continuo, en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240).

El fallo reconoció que la usuaria sufrió un perjuicio económico real y un daño moral, producto de la falta de respuesta de la distribuidora y la afectación de un bien esencial como la heladera.

Un precedente para otros reclamos de usuarios

El caso Daviglus podría marcar un antecedente importante en Tucumán para otros usuarios que enfrentaron situaciones similares.
La sentencia refuerza la idea de que las empresas de servicios públicos también son responsables por los daños que sus deficiencias generan a los consumidores, aun cuando existan intermediarios en la cadena eléctrica.

Con este fallo, la Justicia provincial envía un mensaje claro: las prestadoras deben garantizar la calidad del servicio y responder ante los perjuicios causados por su mal funcionamiento.

EL FALLO COMPLETO CONTRA EDET

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