Fallo histórico: indemizan a un trabajador que despidieron por pedir blanqueo

Fue por daño material y moral a un trabajador no registrado, marcando un precedente relevante en la interpretación de la Ley Bases.

En una resolución que podría cambiar la jurisprudencia laboral en el país, el juez del Trabajo Carlos Frascarolo reconoció el derecho a indemnización de un chofer repartidor que trabajó más de dos años sin estar registrado. El magistrado rechazó la inconstitucionalidad planteada contra la Ley Bases y sostuvo que la falta de registración "coloca al trabajador en un estado de vulnerabilidad que debe ser reparado".

El caso: precarización y despido indirecto

El demandante denunció haber cumplido tareas bajo relación de dependencia, sin aportes jubilatorios ni cobertura médica. Ante la negativa del empleador a regularizar su situación, se consideró despedido. El fallo fijó una reparación equivalente a 17 sueldos, 13 por daño material y 4 por daño moral, al reconocer que su dignidad y sus derechos sociales fueron vulnerados.

Las pruebas presentadas -testimonios, pericias informáticas y documentos- confirmaron la existencia de un vínculo laboral real, lo que desestimó el argumento de la empresa, que lo había encuadrado como fletero independiente.

La interpretación de la Ley Bases

El juez Frascarolo analizó el contexto de la reciente reforma laboral y afirmó que la eliminación de multas por trabajo no registrado no impide la aplicación del Código Civil y Comercial para cuantificar los daños. "El trabajador informal es un trabajador discriminado respecto de quien está registrado", advirtió en su resolución.

El fallo se convierte así en el segundo antecedente en el país en aplicar este criterio, que habilita a los jueces laborales a disponer reparaciones integrales sin recurrir a sanciones tarifadas. Además, impuso intereses y costas a la empresa por actuar de mala fe y desatender los reclamos del empleado.

El magistrado concluyó que esta interpretación "restablece el equilibrio quebrantado por la clandestinidad laboral" y reafirma que los empleadores siguen siendo responsables de garantizar derechos básicos, incluso tras los cambios de la Ley Bases.

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