EDET tendrá que corregir la segmentación de subsidios energéticos

Una resolución judicial ordena a la distribuidora eléctrica ajustar la facturación de los usuarios según los niveles de ingresos establecidos por la Secretaría de Energía. La medida podría implicar la devolución de montos cobrados en exceso y marca un precedente en la defensa de los derechos de los consumidores.

El Juzgado Civil y Comercial Común Nº 14 de Tucumán resolvió hacer lugar a la acción de amparo colectivo presentada por la Asociación Civil Red de Defensa de Usuarios y Consumidores (REDECU) y Carlos Aníbal Cisneros, con la adhesión del Frente de Organizaciones en Defensa de los Consumidores y Usuarios (FO.DE.C.Us), contra EDET S.A., empresa encargada de la distribución de energía eléctrica en la provincia.

El fallo rechaza los planteos de falta de legitimación activa y pasiva, consolidando así la posibilidad de que las organizaciones de consumidores actúen directamente frente a irregularidades en la facturación.

Contexto normativo y segmentación tarifaria

La acción de amparo se centró en la correcta aplicación de la segmentación de subsidios energéticos establecida por el Decreto 332/2022 y reglamentada por diversas resoluciones de la Secretaría de Energía.

Este régimen establece tres niveles de usuarios residenciales:

  • Nivel 1 - Ingresos altos: usuarios que asumen el costo total de la energía.

  • Nivel 2 - Ingresos bajos: usuarios que mantienen subsidio parcial.

  • Nivel 3 - Ingresos medios: usuarios con subsidio reducido.

Las resoluciones posteriores, como la N° 467/22 y la N° 90/2024, fijaron los procedimientos de inscripción en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y los límites de consumo mensual, mientras que la Resolución N° 218/2025 estableció el mecanismo de revisión de categorías vía la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

EDET tendrá que corregir la segmentación de subsidios energéticos

Irregularidades detectadas

Durante la revisión, se detectaron casos de usuarios que cambiaron de categoría sin justificación, lo que impactó directamente en la facturación. Por ejemplo, la Sra. Centurión pasó de ingresos bajos (N2) a ingresos altos (N1) y luego a ingresos medios (N3), generando cobros superiores a los correspondientes según la normativa.

Además, los listados oficiales mostraron que entre marzo y abril de 2025 hubo un aumento significativo de usuarios categorizados como N1 y N3 y una disminución de los N2, reflejando ajustes que no siempre coincidieron con la situación real de los hogares.

Orden judicial y cumplimiento

El juez Pablo Alejandro Salomón ordenó a EDET S.A. que, en un plazo de 30 días corridos, adecue la facturación a partir de enero de 2025, según la información de segmentación proporcionada por el ERSEPT.

La resolución establece que la empresa deberá acreditar los importes cobrados en exceso y garantizar el cumplimiento de los derechos de los consumidores.

Impacto del fallo

Este fallo refuerza la protección de los derechos de los usuarios de servicios públicos en Tucumán, marcando un precedente en la transparencia y control de la segmentación de subsidios energéticos. Además, destaca la responsabilidad de las distribuidoras en reflejar correctamente la información provista por los entes reguladores, evitando perjuicios económicos a los consumidores.

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