El Gobierno reglamenta el servicio de rampas en aeropuertos: se elimina la exclusividad y se garantiza la equidad
El Gobierno nacional oficializó esta semana el funcionamiento del servicio de rampas en los aeropuertos, estableciendo que ningún operador podrá tener exclusividad y que la prestación debe ser continua, equitativa y transparente para todos los prestadores.
Tras la derogación de la Resolución 51/2025 por parte del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), la norma reafirma la libertad de operación para los Prestadores de Servicio de Rampa (PSR) y fija criterios claros para la asignación de espacios, incluso en aeropuertos con limitaciones físicas.
Libre competencia y asignación de espacios
Según el reglamento vigente, la asignación y reasignación de rampas deberá regirse por principios de concurrencia, publicidad, libre competencia, no discriminación, transparencia e igualdad. Queda expresamente prohibido que un solo PSR obtenga la totalidad de los espacios en aeropuertos de capacidad limitada.
Además, los precios por el uso de infraestructura aeroportuaria serán uniformes para todos los prestadores, sin subastas ni privilegios, garantizando que la prestación del servicio se mantenga eficaz y eficiente, siguiendo estándares internacionales.
En casos donde la demanda de rampas supere la disponibilidad, los operadores podrán solicitar una autorización excepcional ante el ORSNA, regulada por el "Reglamento de Excepción a la Libre Asignación de Espacios en Aeropuertos con Capacidad Limitada", aplicable únicamente en situaciones específicas.
Garantizar continuidad pese a conflictos
La resolución establece que los conflictos económicos o comerciales entre explotadores y PSR no podrán interrumpir el servicio de rampa. Los reclamos deberán resolverse a través de instrumentos legales previamente acordados, y cualquier inconveniente deberá ser reportado primero al ORSNA antes de recurrir a la vía judicial.
Asimismo, cada PSR deberá contar con un contrato escrito con el operador aeroportuario, requisito indispensable para prestar servicios dentro del Sistema Nacional de Aeropuertos.
Objetivo de la normativa
La medida busca garantizar continuidad, equidad y eficiencia en la prestación de servicios aeroportuarios, promoviendo el crecimiento del transporte aéreo y asegurando que las rampas estén siempre disponibles para todos los prestadores, independientemente de conflictos comerciales o limitaciones de infraestructura.