El Gobierno habilita certificados de exclusión de IVA y Ganancias en importaciones

Entrará en vigencia a partir del primero de marzo del 2025,

A partir del primero de marzo del 2025, entrarán en vigencia los certificados de exclusión del régimen de percepción de impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes.

Por medio de la Resolución General 5655/2025, la Agencia de Racaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó su suspensión de estas cargas tributarias para las operaciones de importación, reduciendo la carga tributaria para quienes importen insumos y productos.

Es necesario recordar que la aplicación de los citados certificados había sido suspendida hasta el 30/6/2025 (conf. RG 5339 y sus modificatorias).

Las empresas que con sus percepciones de estos gravámenes generen saldo a favor de manera permanente y un exceso de cumplimiento de esas obligaciones tributarias, podrán volver a solicitar el certificado de exclusión.

El régimen de percepción del impuesto a las ganancias y del impuesto al valor agregado es aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general o especial, salvo que se encuentren exceptuadas, conforme a las respectivas normas legales.

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