La Corte Suprema sobreseyó al exsacerdote Justo José Ilarraz por prescripción en causa de abuso sexual

El máximo tribunal revocó la condena de 25 años contra Ilarraz y lo sobreseyó, tras considerar que los delitos cometidos entre 1985 y 1993 prescribieron según la ley vigente.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso el sobreseimiento por prescripción del ex sacerdote Justo José Ilarraz, condenado a 25 años de prisión por abusar sexualmente de siete menores en un seminario de Paraná, Entre Ríos.

Los hechos ocurrieron entre 1985 y 1993, cuando Ilarraz era Prefecto de Disciplina en el Seminario Arquidiocesano "Nuestra Señora del Cenáculo". Las víctimas, en su mayoría adolescentes de 12 a 14 años, provenían de familias campesinas y buscaban formarse como sacerdotes.

Las primeras denuncias dentro de la Iglesia surgieron en 1994, pero la jerarquía eclesiástica trasladó a Ilarraz a otras parroquias e incluso a Roma, donde supuestamente ampliaría sus estudios. Regresó a Tucumán y continuó su labor pastoral hasta que en 2012 se iniciaron las primeras denuncias públicas y acciones judiciales.

Aunque fue condenado a 25 años de prisión basado en testimonios y pruebas recogidas a lo largo del proceso, la defensa alegó que los delitos prescribían a los 12 años, argumento que finalmente fue respaldado por la Corte Suprema.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos había sostenido la imprescriptibilidad de los delitos por su gravedad y normas internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño. Sin embargo, la Corte Suprema consideró que estos abusos no pueden ser equiparados a crímenes de lesa humanidad y determinó que el plazo legal para la persecución penal ya había vencido.

Con esta decisión, el tribunal extinguió la acción penal y dictó el sobreseimiento definitivo de Justo José Ilarraz, quien fue expulsado del sacerdocio por el Papa Francisco en 2024.

El fallo de la Corte Suprema de la Nación a continuación:

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