Caso Vélez: sobreseimiento bajo revisión, entre sangre, semen, saliva y pruebas ignoradas

La querella sostiene que el magistrado ignoró rastros biológicos y pericias clave para declarar que hubo consentimiento.

El 7 y 8 de mayo, el Tribunal de Impugnación revisará el sobreseimiento dictado por el juez Paz Almonacid. La querella sostiene que el magistrado ignoró rastros biológicos y pericias clave para declarar, de forma prematura, que hubo consentimiento.

Una audiencia clave bajo la lupa técnica

Durante dos jornadas consecutivas, la jueza Patricia Carugatti -en calidad de tribunal unipersonal- encabezará la revisión de una de las sentencias más polémicas del último año. El esquema procesal será riguroso: la querella iniciará la exposición de sus agravios, seguida por el Ministerio Público Fiscal, que deberá ratificar si mantiene o retira su acusación. Posteriormente, será el turno de las defensas de los cuatro imputados. El cierre estará marcado por las réplicas de la acusación, dejando el escenario listo para que la jueza Carugatti decida si confirma o revoca el sobreseimiento. En caso de que se resuelva la revocación, se reabrirá la investigación de la causa

La evidencia omitida: sangre, semen y saliva

El núcleo del reclamo contra el juez Paz Almonacid radica en lo que la querella define como una "valoración fragmentada" de la prueba. El recurso de impugnación es demoledor al señalar que el magistrado habría construido su convicción sobre el consentimiento omitiendo evidencias científicas que contradicen su tesis. No se trata de detalles menores: el expediente contiene informes sobre rastros de sangre, semen y saliva, además de pericias ginecológicas y análisis del ECIF que, según la acusación, no fueron debidamente ponderados. Para los abogados de la víctima, el fallo ignoró el material producido por la propia investigación para darle un peso absoluto a los argumentos de los defensores, rompiendo así la "igualdad de armas" que debe regir en todo proceso judicial.

El estándar de certeza en discusión

Más allá de los nombres propios, lo que se pondrá en juego el 7 y 8 de mayo es el criterio judicial para clausurar una investigación de esta magnitud. La querella argumenta que el sobreseimiento exige un grado de certeza que, en este caso, es inexistente. Sostienen que el juez afirmó que el hecho no fue delito sin haber permitido que la prueba se ventile en un debate pleno, oral y público. Al cerrar la causa en esta instancia, la justicia no solo estaría ignorando las evaluaciones psicológicas y el contenido de los dispositivos electrónicos secuestrados, sino que estaría privando a la sociedad de un juicio donde se determine, con todas las cartas sobre la mesa, qué ocurrió realmente aquella noche.

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