Cannabis medicinal: el Gobierno flexibilizó la inscripción al Reprocann

Se eliminan restricciones y vuelven a habilitarse autocultivadores, familiares y organizaciones civiles

El Gobierno nacional reformó los requisitos para acceder al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann) y derogó la resolución que había endurecido las condiciones para el uso terapéutico. A través de la Resolución 1780/2025, publicada en el Boletín Oficial, se habilita nuevamente a pacientes, familiares, terceros autorizados y entidades civiles a inscribirse.

Nuevo marco regulatorio: más acceso, mayor control

La medida reemplaza la resolución 3132/2024, criticada por limitar fuertemente el acceso al cannabis medicinal. El nuevo esquema busca "corregir efectos adversos" de la normativa anterior y reordenar el sistema para garantizar un uso responsable.

El Reprocann ahora divide las autorizaciones en dos grandes grupos:

  • Cultivo con fines terapéuticos: incluye pacientes que autocultivan, familiares, terceros autorizados y organizaciones civiles con aval oficial.

  • Proyectos de investigación: incorpora personas físicas o jurídicas que desarrollen investigaciones en el marco de la Ley 27.350.

Quiénes pueden inscribirse en el Reprocann

Podrán acceder al programa los siguientes grupos:

  • Pacientes con prescripción médica para uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor.

  • Cultivadores que cumplan con los requisitos establecidos para el autocultivo con fines de salud.

  • Personas jurídicas que desarrollen proyectos de investigación, como fundaciones y asociaciones civiles debidamente registradas.

Desde el Ministerio de Salud remarcaron que la decisión responde a la detección de "usos indebidos" bajo la normativa anterior, pero destacaron que la nueva regulación contempla "la figura de los proyectos de investigación como una categoría especial y relevante".

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